Informe de Evaluación de Edificios 963155180 » IEE del Edificio» IEE en VALENCIA, CASTELLON Y ALICANTE
¿Necesita realizar el informe de evaluación de edificios?. Solicite aquí presupuesto sin compromiso.
La inspección por parte del Ayuntamiento no es gratuita ni independiente, usted puede aportar la realizada por un técnico cualificado (Arquitecto), hacemos un 15% de descuento respecto a la tarifa municipal.
Realizamos el informe para la IEEdel edificio en todos los municipios de las provincias: Sagunto, Puçol, Pobla, Moncada, Burjassot, Alboraia, Paterna, L’Eliana, Torrent, Paiporta, Picanya, Silla, Albal, Catarroja, Valencia, Benetusser, Alfafar, Sueca, Ribarroja, Gandía, Cullera, Oliva…. etc en las provicias reseñadas, en todos los municipios.
Contacto: 96 3155180. La ley 16/2005, de 30 de diciembre, Ley Urbanística Valenciana, marca la necesidad de realizar una mejor Inspección Técnica del Edificio (ITE o también llamada » ITV del Edificio»), a comunidades o agrupaciones de propietarios que se refieran a la totalidad del edificio cuando éste posea más de 50 años o esté catalogado, la venta de los inmuebles que contiene estará en breve condicionada a la realización de la ITE.
¿Qué es el IEE.CV?
Es un documento técnico que recoge la información del edificio y su evaluación en relación con su estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y la certificación de eficiencia energética.
Es por tanto un documento que nos permite conocer el estado de nuestro edificio para poder acometer las obras de rehabilitación y mantenimiento mas aconsejables, al tiempo que cumplimentar la obligación urbanística para edificaciones de mas de 50 años y edificaciones catalogadas.
Se deberá realizar cada 10 años.
¿Cuándo es necesario el IEE.CV?
Los propietarios de edificios de tipología residencial de vivienda colectiva deberán promover la realización del informe IEE.CV en los siguientes supuestos:
1.- En edificios de antigüedad superior a 50 años.
2.- Edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas para obras de rehabilitación.
3.-.En edificios catalogados, y en aquellos que así lo determine la normativa autonómica o municipal.
Normativa reguladora:
- Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.
- Real Decreto 233/2013, de 5 de abril por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas.
- Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana.
- RESOLUCIÓN de 8 de septiembre de 2014, de la Dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda, relativa a la implementación en la Comunitat Valenciana del informe de evaluación del edificio a partir del informe de conservación y de la certificación energética del edificio.
- RESOLUCIÓN de 3 de marzo de 2015, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba el documento reconocido para la calidad en la edificación denominado «Procedimiento para la elaboración del Informe de Evaluación del Edificio. Comunitat Valenciana».
¿Cómo puede el profesional realizar el IEE.CV?
La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio pone a disposición de los técnicos competentes, para que actuando por encargo del propietario o comunidad de propietarios del edificio, a través de su página web, el programa informático IEE.CVWIN, de descarga libre, puedan realizar el Informe, que se establece como herramienta autorizada para la redacción del mismo, hay que tener en cuenta que los croquis referentes a accesibilidad deberán incluirse en formato jpg. Igualmente el Manual Técnico de apoyo a la redacción del IEE.CV, se encuentra en esta página web.
El IEE.CV un documento a incorporar al procedimiento de rehabilitación
El Informe de Evaluación del Edificio de la Comunitat Valenciana (IEE.CV) ha de incorporarse a la documentación necesaria para la tramitación de ayudas públicas a la rehabilitación.
Como consecuencia de ello, el propietario o comunidades de propietarios, deberán dirigirse a los profesionales competentes, para contratar la elaboración del Informe e incluirlo a la documentación requerida para acceder a las ayudas citadas.
¿Qué profesionales los realizarán?
El redactor del informe, debe ser un profesional competente en materia de edificación residencial, conforme a lo dispuesto en la Ley 38/99, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.
¿Ayudas para la realización del IEE.CV?
Las ayudas por la realización de este tipo de informes consistirán en una subvención, hasta un máximo de 20 euros por cada una de las viviendas que componen el edificio, y una cantidad máxima de 20 euros por cada 100 m2 de superficie de local, sin poder superar en ningún caso los 500 euros, ni el 50% del coste del informe por edificio.
Desde nuestro despacho ofrecemos un servicio profesional imparcial con técnicos colegiados especialistas que de manera independiente atienda personalmente sus inquietudes, los resultados se presentan en un informe registrado en la Consellería de Vivienda y Calidad en la Edificación, en el se reseñan los datos obtenidos, las lesiones observadas y las medidas correctoras a tomar así como la determinación del plazo de tiempo para resolverlas.
Realizamos la IEE en Valencia y resto de municipios de la provincia, solicite presupuesto sin compromiso aquí.